El acusado de violentar la sentencia firme que le prohibió aproximarse a su expareja, reconoció su culpa en el juicio celebrado en la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Gijón. El hombre aceptó una condena de 15 meses y 1 día de prisión y debe pagar una indemnización de 1.000 euros a la víctima.
La Fiscalía de Área de Gijón le acusó de entrar a la casa de su ex pareja, mientras ella se encontraba en compañía de una amiga y sus hijas menores de edad. La mujer ha renunciado a ejercer acciones penales, y sólo se limitó a las acciones civiles.
El acusado, nacido en 1978, estuvo en pareja con la víctima y tienen una hija en común. Ella ya lo había denunciado ante un juzgado de lo penal de Gijón, donde fue condenado por un delito de lesiones en el ámbito familiar. La sentencia le prohibió acercarse a menos
de 100 metros, tanto a su domicilio como a su lugar de trabajo, o cualquier otro lugar frecuentado por la víctima, y la prohibición de comunicación por cualquier medio, durante dos años.
No obstante, estando vigente la sentencia, el hombre entró a la casa de su expareja cuando ella se encontraba con su familia. Luego, al ver que ella llamaba a la Policía para denunciarlo, salió por la puerta. Un auto del 5 de marzo de 2022 lo detuvo por auto de prisión provisional hasta el 27 de julio del mismo año.
La conducta del acusado fue considerada constitutiva de un delito de quebrantamiento
de condena en concurso con un delito de allanamiento de morada del 202. En el momento en que el delito fue cometido, existió la circunstancia agravante de responsabilidad criminal de parentesco en el delito de allanamiento.
Finalmente, el acusado aceptó su condena de 15 meses y 1 día de prisión, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante ese tiempo. Además, deberá abonar las costas procesales y una indemnización por daños morales a la víctima de 1.000 euros, con intereses legales correspondientes.