OVIEDO, 16 Sep.
El Juzgado de Primera Instancia y también Instrucción número 6 de Avilés ha decretado, tras la solicitud de la Fiscalía del Principado de Asturias, el sobreseimiento provisional del trámite iniciado contra Álvaro Álvarez, exsecretario general del PSOE de Avilés, por un presunto delito de tráfico de influencias al estimar que no hay rastros suficientes de la comisión por la parte del investigado de los hechos denunciados, según informó el TSJA.
El Ministerio Público había pedido la celebración de un careo entre tres presentes presenciales de los hechos que produjeron la demanda contra Álvaro Álvarez para aclarar contradicciones detectadas en sus respectivas afirmaciones.
En exactamente el mismo, festejado el pasado 18 de julio, todos ellos sostuvieron sus ediciones iniciales, uno para asegurar que el investigado, en una asamblea conmemorada el 31 de diciembre de 2020, se ofreció a influir en una adjudicación pública en lugar de una contraprestación económica, al paso que los otros 2 negaron este radical y aseguraron que a lo largo de ese acercamiento, que ciertamente se causó, no se charló en ningún instante de dinero ni porcentajes, acreditando la versión del investigado. El resultado del careo ha impedido, a juicio del Ministerio Fiscal, saber con una mínima seguridad lo que verdaderamente ocurrió en la asamblea mencionada.
La completa realización del derecho a la presunción de inocencia excluye el deber del investigado de probar su inocencia, correspondiendo a la acusación dar las pruebas que conduzcan a probar una viable responsabilidad. En esta situación, la Fiscalía, después de las pruebas practicadas desde el principio del trámite, estimó que esto no sucedió y que no hay rastros suficientes de criminalidad respecto del investigado.