OVIEDO, 18 Oct. - La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias (TSJA) ha reducido la pena de un osteópata procesado por abuso sexual a una paciente. La sentencia estima parcialmente el recurso contra la sentencia de la Audiencia Provincial al considerar dilaciones indebidas como atenuante muy cualificada.
"Esta doctrina es aplicable al caso ya que entre la comisión de los hechos y la denuncia transcurrieron 9 años, cuando el plazo de prescripción del delito es de 10 años", señala el fallo.
Se confirman los demás pronunciamientos de la sentencia recurrida, excepto en el plazo de la prohibición de acercamiento y comunicación con la víctima, que se reduce de 5 años a 3 años.
Según los hechos probados, desde el año 2005 hasta finales de 2010 o principios de 2011, la denunciante acudió a la consulta del osteópata para tratar lesiones y problemas musculares.
En una visita en fecha no determinada, el osteópata solicitó que la paciente se pusiera boca arriba para palpar su vientre y, en un momento dado, le retiuró la ropa interior y le introdujo uno o dos dedos en la vagina. La mujer no pudo reaccionar y el procesado manoseó el interior de la vagina durante varios segundos.
Aunque la denunciante contó los hechos a su pareja en ese momento y años más tarde a su esposo, no realizó la denuncia hasta enero de 2020.