En un caso que ha causado revuelo en el Principado de Asturias, un hombre acusado de enviar material pornográfico a su abogada por WhatsApp ha admitido los hechos y ha aceptado las penas impuestas por la Fiscalía y la acusación particular. Se le impondrá una condena de un año y medio de prisión, el pago de una multa y una indemnización a la letrada por daños y perjuicios.
El acusado, nacido en 1984, había sido asistido por una abogada del turno de oficio el 11 de enero de 2022 en el juzgado de Laviana. Sin embargo, el 1 de marzo del mismo año, la letrada le informó de que su solicitud de asistencia jurídica gratuita había sido denegada por el Colegio de Abogados y que debía pagarle sus honorarios. Ante la falta de fondos para hacerlo, el acusado respondió que lo haría de manera aplazada.
En un acto de venganza por la solicitud de pago de la abogada, en la madrugada del 2 de marzo, a las 01:56 horas, el acusado le envió una fotografía por WhatsApp en la que se mostraban primeros planos de genitales masculinos, con la intención de menospreciar, humillar y causarle malestar.
Posteriormente, a las 06:05 horas del 11 de abril, el acusado envió a la abogada otro mensaje por WhatsApp que contenía un enlace a un vídeo pornográfico, con el mismo objetivo de causarle daño moral.
Antes del juicio oral, el acusado consignó la cantidad de 10.000 euros en concepto de responsabilidad civil.
Los hechos fueron considerados como un delito de obstrucción a la justicia y un delito contra la integridad moral. En el caso del acusado, se aplica la circunstancia atenuante de reparación del daño y la agravante de reincidencia con respecto al delito contra la integridad moral.
Tras admitir su culpabilidad, el acusado ha aceptado las siguientes penas: un año de prisión y una multa de seis meses con una cuota diaria de 4 euros por el delito de obstrucción a la justicia, y seis meses de prisión por el delito contra la integridad moral.
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