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Política 29 de Septiembre de 2026 · 11:24h 2 min de lectura

La Fiscalía investiga a presidente de AMA por acto contra sentimientos religiosos en Villaviciosa

El juzgado de Villaviciosa ha citado al presidente de la Asociación Moza de Asturias (AMA) para declarar tras una denuncia por la acción del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer. En esa ocasión, AMA presentó una 'santina queer', una figura con mensajes reivindicativos y basada en la Virgen de Covadonga. La denuncia formal fue presentada por la Fundación Abogados Cristianos y la Hermandad de los Estudiantes de Oviedo, que consideran que la acción podría constituir un delito de escarnio a los sentimientos religiosos.

Este hecho se enmarca en un contexto de tensión entre ciertos sectores religiosos y movimientos sociales que buscan visibilizar reivindicaciones a través de acciones públicas. La repetición de conductas similares por parte de AMA en 2025 en Gijón, aunque archivada, evidencian una estrategia de continuidad en sus manifestaciones. La justicia investiga si estos actos responden a una intencionalidad deliberada o si, por el contrario, constituyen una expresión de libertad de expresión.

El caso tiene implicaciones dentro del debate sobre la libertad de expresión frente al respeto a las creencias religiosas en la esfera pública. La acusación se basa en el artículo 525 del Código Penal, que contempla sanciones por escarnio a los sentimientos religiosos. La resolución del proceso podría sentar un precedente en la regulación de protestas y manifestaciones similares en Asturias y más allá.

Desde el punto de vista político, el asunto refleja las tensiones existentes en el escenario social asturiano, donde sectores conservadores y progresistas mantienen posiciones enfrentadas respecto a la libertad de expresión y los símbolos religiosos. La resolución del caso podría influir en futuras movilizaciones y en la percepción pública sobre el límite entre reivindicación y ofensa.

De cara al futuro, la atención se centra en la decisión del juez respecto a la apertura de juicio oral. Este proceso judicial será un indicador del grado en que la justicia puede mediar en conflictos entre derechos fundamentales y sensibilidades religiosas en la comunidad autónoma.

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