Oviedo, 5 Septiembre.
Un hombre procesado por intentar asesinar a su expareja delante de su hijo, en violación de una sentencia judicial que le prohibía acercarse a ella, admitió su culpabilidad el martes y aceptó una condena de 11 años, 9 meses y un día de prisión, con alejamiento y libertad vigilada, así como el pago de una multa.
Según la Fiscalía Superior del Principado, "el hombre intentó apuñalarla y, después de que la víctima lograra escapar, embistió dos veces con su coche la fachada de un bar en Gijón donde la mujer y el niño se habían refugiado".
El procesado admitió los hechos que le imputaron la Fiscalía del Principado de Asturias y la acusación particular, que consideraron como una atenuante de la responsabilidad penal la adicción a las drogas del acusado. La audiencia oral se programó para esta mañana en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial en Oviedo.
El acusado (1973) tuvo una relación con la víctima, con quien tuvo un hijo en 2011. La relación se caracterizó por el sometimiento de la víctima al acusado, quien ejercía control sobre ella debido a su naturaleza celosa y posesiva.
A lo largo de los años, ocurrieron varios episodios violentos, hasta que la mujer decidió terminar definitivamente la relación en septiembre de 2021 y presentó una denuncia por violencia de género. Esto culminó en una sentencia firme de conformidad emitida por el Juzgado de lo Penal No. 4 de Oviedo en diciembre del mismo año, que condenaba al procesado por un cargo de amenazas, entre otras disposiciones, que incluían la prohibición de acercarse a menos de 300 metros de su expareja y de comunicarse con ella durante 2 años. Esta resolución le fue notificada personalmente ese mismo día, y se le exigió su cumplimiento de manera simultánea. Después de calcular la sentencia, el período de cumplimiento abarcó desde el 23 de diciembre de 2021 hasta el 27 de septiembre de 2023.
En estas circunstancias, el procesado, quien no aceptó la ruptura y considerando que la custodia del hijo en común fue otorgada a la mujer sin establecer un régimen de visitas o comunicación, decidió acabar con la vida de ella. El procesado le dijo: "Si sigues así y me separan del niño, te elimino y te mato".
Así, sabiendo que la víctima iba a ir a Gijón para que el niño visitara a su abuelo paterno, y consciente de las prohibiciones que pesaban sobre él y con la intención de infringirlas, el procesado se trasladó a la ciudad alrededor de las 17:30 horas del 26 de diciembre de 2021. Repentinamente, abrió la puerta del automóvil donde se encontraba la madre y el hijo y se ofreció a llevar al menor con su abuelo, a la vez que lo sacó del coche y se lo llevó, sin darle tiempo a la víctima a reaccionar adecuadamente.
Preocupada por la situación, la mujer llamó al hijo por teléfono y él le dijo que fuera a recogerlo a un estacionamiento en la ciudad. Cuando la víctima llegó al aparcamiento en la calle Martín de Gijón, el procesado, nuevamente por sorpresa y con la intención de matarla, sacó dos cuchillos: uno de 24,5 centímetros de hoja y 37 centímetros de longitud total, y otro de 27 centímetros de hoja y 39 centímetros de longitud total. Abrió la puerta del vehículo y se abalanzó sobre la mujer para apuñalarla.
Se produjo un forcejeo en el que el procesado golpeó y pateó repetidamente a la víctima, hasta que la sacó del coche por el pelo y trató de apuñalarla. No tuvo éxito, ya que la mujer reaccionó instintivamente y logró repeler el ataque sujetando el arma con su mano derecha. Finalmente, logró liberarse y huyó junto a su hijo, refugiándose en un bar cercano.
Decidido a continuar el ataque, el procesado condujo su coche hacia el local y, aún sosteniendo uno de los cuchillos, se dio cuenta de que no podía ingresar y de que había más personas que estaban ayudando a su expareja. Entonces, arrancó el coche, dio marcha atrás para ganar velocidad y embistió intencionalmente la fachada del establecimiento en dos ocasiones.
La víctima sufrió lesiones que tardaron 262 días en sanar y le quedaron varias secuelas. La mujer renunció a cualquier acción civil que pudiera tener por los daños causados al vehículo.
El procesado se encuentra en prisión provisional por este caso y también tiene la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 500 metros, a su domicilio y a cualquier lugar donde se encuentre, así como la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio hasta que el procedimiento concluya con una sentencia firme.
Los hechos fueron considerados como un intento de asesinato, un delito de violación de una condena y un delito de daños, con agravantes de motivos de género y parentesco, y la atenuante simple de la drogadicción.
Después de reconocer los hechos, el acusado aceptó una condena de 11 años de prisión, la inhabilitación absoluta para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, la prohibición de acercarse a la víctima y al hijo a menos de 500 metros por un período superior a 8 años al de la pena de prisión impuesta en la sentencia, así como la prohibición de comunicarse con ellos por cualquier medio durante el mismo período de tiempo, la privación de la patria potestad sobre su hijo menor y la medida de libertad vigilada durante 8 años.
Por el segundo delito, se le impuso una pena de 9 meses y 1 día de prisión y la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; y por el tercer delito, se le impuso una multa de 12 meses con una cuota diaria de 10 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, así como el pago de las costas procesales.
En concepto de responsabilidad civil, el acusado indemnizará a la víctima con 20.000 euros por las lesiones y secuelas sufridas, y con 30.000 euros más por los daños morales; al Servicio de Salud del Principado (Sespa), con la cantidad que se acredite en la ejecución de la sentencia por los gastos de asistencia sanitaria prestada; y al Ayuntamiento de Gijón, por los gastos de retirada del vehículo, que ascienden a 219 euros. Además, el acusado deberá cubrir la cantidad determinada por los daños causados en el local.