
OVIEDO, 31 de enero. La Fiscalía del Principado de Asturias ha solicitado la condena de una médico de Oviedo, a quien se le imputa un delito de homicidio por imprudencia grave. La acusación se fundamenta en la supuesta falta de cumplimiento de los protocolos establecidos en el tratamiento de una paciente de 73 años, que lamentablemente falleció el 6 de enero de 2018.
La vista oral del caso está programada para este lunes, 3 de febrero, en el Juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo, a las 09:30 horas. Se prevé que la audiencia se extienda con una segunda sesión el miércoles 5 de febrero, a la misma hora.
En el momento en que ocurrieron los acontecimientos, la acusada se desempeñaba como médico de familia en un centro privado en Oviedo. El 2 de enero de 2018, los familiares de la paciente decidieron trasladarla al centro médico debido a un deterioro en su estado de salud. Tras ser ingresada en el servicio de medicina interna, la mujer fue sometida a un proceso de observación y diagnóstico.
Durante los primeros días, la paciente mostró una mejoría, pero en la madrugada del 5 de enero, sufrió un episodio de agitación, lo que llevó a que cayera de la cama y necesitará ser sujeta. Al día siguiente, a las 09:59 horas, la enfermera de turno alertó al médico de guardia, que en ese momento era la acusada. La paciente presentaba signos de disnea y un empeoramiento general de su estado.
La médico evaluó la situación y llegó a la impresión diagnóstica de edema agudo de pulmón, una condición para la que los protocolos standard estipulan un tratamiento inmediato que incluye monitorización, oxígeno y medicamentos como la dobutamina, a fin de estabilizar la presión arterial del paciente y evitar un desenlace fatal.
No obstante, la acusada ignoró las directrices del protocolo y, en un claro incumplimiento de la lex artis, optó por aplicar solamente cuidados paliativos. Esta decisión se limitó a la administración de oxígeno y cloruro mórfico, tratamientos que no pueden invertir la crítica condición de la paciente. Lamentablemente, la mujer dejó de existir a las 11:16 horas del 6 de enero.
Un fallo dictado el 7 de julio de 2021 por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, tras considerar el recurso presentado por los hijos de la fallecida, concluyó que hubo una violación de la lex artis adecuada. Como resultado, se condenó a la propietaria del centro sanitario a compensar a cada uno de los hijos con la cantidad de 25.527,16 euros.
La Fiscalía, en sus conclusiones preliminares, sostiene que los actos de la médico constituyen un delito de homicidio por imprudencia grave. Ante esto, solicita que se imponga una pena de un año de prisión, así como la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la duración de la condena y una inhabilitación especial para ejercer la medicina por un período de tres años.
En términos de responsabilidad civil, el Ministerio Público demanda que la acusada indemnice a los herederos con 60.000 euros, suma de la que se deberá descontar cualquier importe previamente recibido por parte de la propietaria del centro. Esto, además de los intereses legales que correspondan.
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