Crónica Asturias.

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Ganaderos y agricultores asturianos recibirán ayudas directas contra la sequía.

Ganaderos y agricultores asturianos recibirán ayudas directas contra la sequía.

El Gobierno de España ha aprobado esta semana un paquete de medidas urgentes para el sector agrario, que incluye ayudas directas a ganaderos y agricultores de Asturias, Cantabria y Galicia para combatir la sequía.

Según un comunicado del Ejecutivo autonómico, el real decreto-ley publicado ayer en el Boletín Oficial del Estado incluye iniciativas fiscales y de flexibilización de requisitos relacionados con la Política Agraria Común (PAC) y la subvención de seguros agrarios ya contratados.

Las medidas urgentes están destinadas a los titulares de explotaciones que hayan visto empeorada su situación por la sequía, y cubren a los sectores de vacuno, ovino y caprino de carne y leche, apícola y agrícola.

Para los productores de carne y leche de vacuno, ovino y caprino, los apoyos se abonarán directamente a los titulares de las explotaciones que sean beneficiarios de las ayudas asociadas de la PAC 2022 y siempre y cuando el importe a percibir sea igual o superior a 200 euros.

En el sector apícola, se llevará a cabo una convocatoria específica y las ayudas complementarán a las de la Intervención Sectorial Apícola, con límites máximos en función del tamaño de la explotación.

También se contempla la flexibilización de determinados requisitos de las ayudas directas de la PAC 2023, ampliando el plazo hasta el 30 de junio para la presentación de la solicitud única. Se retrasa la entrada en vigor del Cuaderno Digital de Explotación y se deja para 2025 la incorporación de la totalidad de la información obligatoria.

En lo que respecta a los seguros agrarios, se subvencionará hasta el 70% del coste de las pólizas ya contratadas que incluyan la cobertura por riesgo de sequía en los cultivos de secano de herbáceos extensivos, avellano, kiwi, olivar, uva de vinificación, almendro, endrino, alfalfa, remolacha azucarera y maíz forrajero.

Por otro lado, se exime del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a las propiedades de los titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas que hayan experimentado una reducción del rendimiento neto de al menos un 20% en zonas con limitaciones naturales, de acuerdo con la normativa de la Unión Europea, o de un 30% en el resto. También se exime del pago de IRPF y del impuesto de sociedades las ayudas que se perciben por los ecorregímenes de la PAC y del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados en la formalización de avales de la Sociedad Estatal de Caución Agraria (Saeca).