
Un joven de 20 años procesado por abusar sexualmente de la prima de su compañero de piso en Oviedo ha admitido los hechos y ha acordado una condena de 4 años de prisión. Dado que el acusado es de nacionalidad paraguaya, la pena de prisión podría ser sustituida por su expulsión de España durante 6 años. La audiencia se llevó a cabo en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Oviedo.
Los hechos ocurrieron alrededor de las 6 de la mañana del 16 de agosto de 2020, cuando el acusado regresó a su hogar en Oviedo, donde vivía con otro hombre y su pareja. El acusado se dirigió al salón, donde encontró a la víctima, que era prima de su compañero de piso, durmiendo en el sofá, ligeramente afectada por el consumo de alcohol.
Aprovechando la situación, el acusado tocó sexualmente a la mujer e introdujo un dedo en su vagina. La víctima se despertó y le ordenó que se fuera, momento en el que el acusado huyó hacia su habitación.
A raíz de estos hechos, la víctima requirió atención psiquiátrica debido a la ansiedad, la angustia, el miedo a que se repita un incidente similar y los recuerdos persistentes del episodio, lo que limitó su capacidad para funcionar normalmente y trabajar. El acusado se encontraba en situación irregular en España.
Mediante una orden judicial, se le impuso al acusado la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la mujer, su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro lugar que frecuente, así como comunicarse con ella por cualquier medio durante la duración del proceso penal o hasta que se dictara una sentencia definitiva. Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito de abuso sexual de acuerdo con los artículos 181.1.2 y 4, 191 y 192.1 del Código Penal.
Después de reconocer su culpabilidad, el acusado aceptó una condena de 4 años de prisión, la inhabilitación especial para ejercer el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, la prohibición de acercarse a la víctima, su domicilio o cualquier otro lugar frecuentado por ella en un radio de menos de 300 metros, y la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio, ambas restricciones durante 7 años. Además, se impuso la medida de libertad vigilada durante 7 años.
En cuanto a la responsabilidad civil, el acusado deberá pagar a la víctima 6.000 euros y una cantidad adicional que se determinará durante la ejecución de la sentencia por los gastos médicos incurridos por la víctima.
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