Crónica Asturias.

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Polémica en la Universidad de Oviedo por el debate sobre la ley de amnistía.

Polémica en la Universidad de Oviedo por el debate sobre la ley de amnistía.

Oviedo, 23 de noviembre. La Facultad de Derecho, a través de su área de Derecho Constitucional, organizó un debate sobre la Ley de Amnistía, en el que participaron los catedráticos Francisco Bastida, José Manuel Paredes Castañón y Javier Andrés González Vega. El moderador de la mesa fue Javier Fernández Teruelo, decano de la facultad, y la presentación estuvo a cargo de la profesora Regina Fonseca Fortes-Furtado.

La profesora Regina Fonseca explicó durante la presentación que esta no es la primera amnistía en España, recordando la de 1977, y destacó que la actual pretende modificar el Código Penal para que la amnistía sea una causa de extinción de la responsabilidad penal, junto con el indulto. Además, señaló que la amnistía está contemplada en las constituciones de países como Italia, Francia y Portugal, aunque no en todas las cartas magnas, como en el caso de Alemania e Irlanda.

A lo largo del debate, los tres profesores expusieron sus argumentos a favor y en contra de la ley. Tanto Bastida como González coincidieron en que existen aspectos mejorables en el texto para evitar la inconstitucionalidad.

Bastida, catedrático de Derecho Constitucional, señaló que si bien la amnistía es compatible con la Constitución Española, no cualquier ley de amnistía lo es. En su opinión, esta norma tiene puntos que podrían mejorarse, especialmente en lo que respecta a la igualdad de los españoles. Argumentó que la ley solo contempla la exoneración de responsabilidad de delitos cometidos por independentistas, pero no cuando son personas que se oponían al independentismo, lo cual, a su juicio, rompe el principio de igualdad.

También hizo hincapié en que, en otras amnistías llevadas a cabo en España y en otros países, los amnistiados se comprometían a renunciar a los actos que cometieron. Por ejemplo, en casos de episodios violentos, los amnistiados entregaron armas, y en el caso de la amnistía fiscal, se realizó una regularización de deudas tributarias. Sin embargo, en esta ocasión, los posibles amnistiados proclaman que no renunciarán a la vía unilateral para la independencia de Cataluña y que cometerán nuevamente delitos si no se logra la independencia por vía legal. Según Bastida, el texto debería incluir un compromiso de transitar por vías legales.

Por su parte, González, catedrático de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales, centró su atención en los aspectos reflejados en la exposición de motivos de la ley, en la cual se realizan alusiones constantes a la conformidad con el derecho comparado, el derecho internacional y el derecho europeo. El profesor desmintió algunas de estas alusiones, alegando interpretaciones exageradas y falsificaciones de los desarrollos del derecho internacional y europeo. También ejemplificó que el texto contiene afirmaciones erróneas sobre la revisión constitucional de los tratados europeos que contemplan amnistía, lo cual haría innecesario que la Constitución se pronunciara al respecto. Además, mencionó que los redactores de la ley se basan en una decisión de la Comisión Europea sobre un caso específico en Georgia para afirmar que la amnistía y el indulto son cuestiones complejas que incluyen a presos políticos, pero esta extrapolación es falsa.

En cuanto al catedrático de Derecho Penal José Manuel Paredes, afirmó que la amnistía no está prohibida en la Constitución, por lo que el legislador tiene el derecho de aprobarla, siempre y cuando se respeten dos límites. En primer lugar, el trato desigual respecto a otros delincuentes debe justificarse por razones especiales, como por ejemplo, la salida de una guerra, conflicto o problema político que se busca cerrar. En segundo lugar, la norma debe respetar el derecho internacional de los derechos humanos y no incluir a personas que hayan cometido graves violaciones de estos derechos. Según Paredes, desde el punto de vista jurídico no ve problemas, ya que se trata de una decisión política basada en razones políticas.

En cuanto a los argumentos a favor y en contra de la ley, el profesor manifestó que ambos son razonables. Desde su perspectiva personal, considera que esta ley puede ser razonable, siempre y cuando no se trate de delitos violentos y exista un compromiso de mantenerse en la legalidad.