
En el día de hoy, la consejera de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, Nieves Roqueñí, ha destacado la importancia de garantizar la compatibilidad de los proyectos de energía eólica marina con la protección ambiental y la preservación de la actividad pesquera.
Según sus declaraciones a los medios, Roqueñí enfatizó que las energías renovables son fundamentales para avanzar hacia la descarbonización, incluyendo la energía eólica marina, pero siempre desde una perspectiva que garantice la protección de los ecosistemas y la actividad pesquera. Asimismo, señaló que se llevará a cabo una evaluación ambiental para asegurar que los proyectos sean compatibles con la conservación de los ecosistemas marinos y la preservación de la pesca.
A este respecto, la reciente decisión del Tribunal Supremo (TS) respaldando el Real Decreto 150/2023, que aprueba los planes de ordenación del espacio marítimo en las demarcaciones marinas españolas, ha generado controversia.
En su fallo, los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo rechazaron el recurso presentado por la Plataforma en Defensa de la Pesca y los Ecosistemas Marinos, que alegaba que el Real Decreto favorecía la energía eólica marina en detrimento del sector pesquero, ignorando la existencia de zonas de pesca preexistentes.
El Tribunal Supremo desestimó los argumentos de la Plataforma, asegurando que el planificador tuvo en cuenta información relevante sobre la actividad pesquera al seleccionar las zonas para la energía eólica marina y que se deberá resolver cualquier interacción entre ambas actividades en la autorización de los proyectos correspondientes.
Además, el tribunal subrayó que durante el proceso de consulta pública para la evaluación ambiental estratégica del Real Decreto se analizaron las interacciones entre los polígonos de energía eólica marina y la actividad pesquera, resultando en la modificación de los polígonos para reducir su impacto sobre la pesca.
En última instancia, el Tribunal Supremo criticó a la Plataforma por no fundamentar sus objeciones de manera razonada y acordó condenarla al pago de costas por un importe máximo de 4.000 euros. Por tanto, la decisión del TS respalda la planificación integral de los proyectos de energía eólica marina, que ha sido el resultado de un proceso complejo de consulta y negociación entre los distintos sectores involucrados.
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